Nueva normativa de Senasa para el transporte de animales vivos y productos de origen animal

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) actualizó las condiciones y procedimientos de habilitación de los transportes de animales vivos y productos de origen animal. La Resolución 723/2025 publicada el viernes en el Boletín Oficial incorpora nuevas exigencias técnicas y sanitarias que deberán cumplirse en todo el territorio nacional.
En paralelo, se crea el Programa de Certificación Sanitaria Oficial de Fabricación de Vehículos, destinado a fabricantes que deseen homologar sus diseños antes de su comercialización. Este mecanismo, sujeto a auditorías y supervisión del organismo sanitario, tendrá una validez de cinco años por cada modelo de vehículo nuevo destinado al traslado de animales vivos y mercancías de origen animal.
De esta manera, “el Senasa actualiza y simplifica los requisitos y procedimientos técnicos de habilitación contemplados en resoluciones previas, alineando la regulación de nuestro país con los estándares internacionales más altos y fortaleciendo el control sanitario, la inocuidad de los productos transportados y la competitividad del sector productivo”. (Fuente: DIB)